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Residencia en España para nómadas digitales: la Ley de Startups y el régimen de la Ley Beckham
España · 9 min

Residencia en España para nómadas digitales: la Ley de Startups y el régimen de la Ley Beckham

El visado de nómada digital de la Ley de Startups: umbral de ingresos de 2025, solicitud ante la UGE en 20 días, residencia de tres años y tipo fijo del 24 % con el régimen de impatriados.

OWT

Equipo de One Way Ticket

La Ley de Startups, Ley 28/2022, entró en vigor en enero de 2023 y dio a España la vía migratoria más popular de los últimos años: el visado de nómada digital (visado para teletrabajo de carácter internacional). La fórmula es sencilla: trabajo en remoto para una empresa extranjera, ingresos acreditados y una residencia de tres años que puede incluir a toda la familia. Además, el régimen de la Ley Beckham ofrece un tipo fijo del 24 % en lugar de la escala progresiva de hasta el 47 %.

Barcelona, España
Barcelona, Madrid, Valencia y Málaga son los principales polos de teletrabajadores en España

Quién puede obtener el visado de nómada digital

  • Trabajo en remoto para una empresa o clientes fuera de España
  • Relación con el empleador o los clientes de al menos 3 meses, y empresa con una antigüedad mínima de 1 año
  • No más del 20 % de los ingresos procedentes de empresas españolas
  • Titulación universitaria o experiencia profesional acreditada de al menos 3 años en el sector
  • Certificado de antecedentes penales y seguro médico privado
  • Seguridad social: certificado A1 para trabajadores por cuenta ajena de países con convenio, o alta como autónomo para freelancers

Ingresos: cuánto hay que ganar en 2025

El umbral está ligado al salario mínimo interprofesional (SMI) y equivale al 200 % de este. En 2025 el SMI subió a 1.184 € al mes en 14 pagas, por lo que el titular debe acreditar unos 2.763 € al mes, aproximadamente 33.150 € al año. Los ingresos se justifican con el contrato, facturas, extractos bancarios y nóminas de los últimos meses.

  • Titular: 200 % del SMI, unos 2.763 € al mes
  • Cónyuge o pareja: +75 % del SMI, unos 1.036 € al mes
  • Cada hijo: +25 % del SMI, unos 345 € al mes
  • Familia de tres personas: en total, unos 4.145 € al mes de ingresos acreditados
Trabajo con portátil
Un contrato en remoto e ingresos regulares en la cuenta son el núcleo del expediente

Dónde presentar la solicitud: consulado o UGE

Hay dos vías. La primera es el visado en el consulado del país de residencia: se concede por 1 año y después se cambia por una autorización de residencia. La segunda es solicitarlo desde España estando en situación regular (por ejemplo, como turista sin visado con determinados pasaportes o con visado Schengen): la solicitud se envía en línea a la Unidad de Grandes Empresas (UGE-CE), que debe resolver en 20 días hábiles, y el silencio de la administración equivale a aprobación (silencio positivo). En este caso se obtiene directamente una tarjeta de tres años, prorrogable otros 2. A los 5 años, residencia de larga duración.

💡 Solicitarlo desde España casi siempre compensa: en lugar de un visado de un año obtiene directamente la residencia de tres años, los documentos se presentan por vía electrónica y la familia puede incluirse en la misma solicitud.

Impuestos: la Ley Beckham, con un tipo fijo del 24 %

El régimen especial de impatriados (artículo 93 de la Ley del IRPF) se creó en su día pensando en el futbolista David Beckham, y la Ley de Startups lo amplió a los teletrabajadores. En esencia: los rendimientos del trabajo de hasta 600.000 € al año tributan a un tipo fijo del 24 % (por encima, al 47 %), durante el año del traslado y los cinco siguientes. La opción se ejerce con el Modelo 149 en los 6 meses siguientes al alta en la Seguridad Social española; quien se retrasa pierde el régimen para siempre.

  • Tipo fijo del 24 % sobre los rendimientos del trabajo de hasta 600.000 € al año, frente a la escala progresiva de hasta el 47 %
  • La mayoría de las rentas extranjeras (dividendos, intereses y ganancias patrimoniales fuera de España) no tributan en España
  • No hay que presentar la declaración de bienes en el extranjero (Modelo 720)
  • Impuesto sobre el Patrimonio: solo por los bienes situados en España
  • Declaración anual en un modelo específico: el Modelo 151

Quién no puede acogerse a la Ley Beckham

La principal limitación: por regla general, los autónomos no pueden acogerse al régimen. Hace falta un contrato laboral con un empleador extranjero para el que trabaje en remoto o la condición de emprendedor con un proyecto innovador. La segunda condición es no haber sido residente fiscal en España en los últimos 5 años. Por eso, a los contratistas autónomos suele salirles más a cuenta el régimen general con deducciones, y conviene calcularlo antes de mudarse, no después.

«El visado de nómada responde a la pregunta «cómo vivir legalmente en España»; la Ley Beckham, a «cuánto me va a costar». Sale ganando quien resuelve las dos a la vez.»

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