Regla 90/180 en el espacio Schengen
90 días de cada 180: cuente bien y quédese más tiempo
Regla 90/180: un ciudadano de un tercer país puede permanecer en el espacio Schengen un máximo de 90 días en cualquier periodo móvil de 180 días. La ventana «se desplaza» cada día: en la fecha del control se cuentan todos los días de estancia de los 180 días anteriores. Desde el 12 de octubre de 2025 se implanta por fases en las fronteras el sistema electrónico EES, que registra entradas y salidas mediante biometría: un exceso de estancia «inadvertido» ya no es posible.
Cómo contar los días correctamente
El día de entrada y el de salida cuentan como días completos de estancia. Los días se suman en todos los países Schengen (29 Estados, incluidos Rumanía y Bulgaria desde 2024–2025). Volar de España a Francia no pone el contador a cero. El cómputo no se reinicia al salir: lo que importa es cuántos días pasó en la zona en los últimos 180. Use la calculadora oficial de la Comisión Europea antes de cada viaje. Una residencia o un visado nacional D de un país le exime de la regla en ese país.
Exceso de estancia: consecuencias y cómo quedarse más tiempo
El exceso queda registrado en EES y SIS: multas de hasta 500–1.200 € (Alemania, Francia), expulsión y prohibición de entrada de 1 a 5 años. Vías legales para vivir en Europa más de 90 días: visado nacional D (estudios, trabajo, reagrupación familiar), residencia de nómada digital (España, Portugal, Grecia), visado D7/D8 de Portugal, residencia por inversión. Desde finales de 2026, los viajeros exentos de visado también necesitarán la autorización ETIAS (20 €, válida 3 años).
Ventajas
One Way Ticket
Consulta — 500 $
Precio fijo en el contrato — trabajamos hasta el resultado